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Para Randall Zúñiga, director del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), investigar una desaparición en Costa Rica tiene múltiples trabas, que, de eliminarse, harían que estos hechos se puedan resolver más rápido.

Una herramienta clave para buscar pruebas es la intervención telefónica, sin embargo, con el escenario actual no es nada fácil conseguir una autorización para realizarla, advierte el jerarca.

“(La desaparición) al no ser un delito, la mayoría de los juzgados no nos dan intervenciones telefónicas, tenemos que probar que hay un homicidio calificado, ni siquiera un homicidio simple”, explicó Zúñiga.

El jerarca advirtió sobre el rechazo de la institucionalidad para entregar documentos durante una investigación de este tipo.

“Uno va y pide documentos a otra institución pública y como pone en la solicitud que es por desaparición, no le dan nada porque dicen que no es delito, aseveró.

Además, a las dificultades de investigación se suma un temor generalizado de la ciudadanía por la ola de criminalidad que vive el país, haciendo que colaboren menos con las autoridades.

“Ya las personas no quieren entregar el video de la cámara de seguridad sintiéndose amenazadas por la delincuencia organizada. Tenemos que allanar la vivienda y decomisar el video para poder hacer la investigación”, aseguró el director de la institución.

Durante la búsqueda de Kimberly Araya, Zúñiga aseguró que había tenido acercamientos con el INAMU y una diputada de la República para plantear una modificación a las leyes vigentes y facilitar el trabajo de los investigadores judiciales.

¿Podría incluirse la desaparición como delito en el Código Penal?

Lograr tipificar dicha acción en el Código Penal sería muy complicado, según el exfiscal adjunto de Crimen Organizado, Osvaldo Henderson. Él explica que, para que exista un delito, tiene que haber una acción antijurídica que violente el bien jurídico de un tercero.

"Con una desaparición no hay ninguna acción de una persona que esté violentando un bien jurídico de libertad, porque si una persona se va 5 semanas a la playa y desapareció de su casa, esta persona no le está haciendo daño a nadie más allá de preocupar a su familia", considera el exfiscal.

A su criterio, la investigación por una desaparición debe concurrir en alguna de las figuras que protegen la libertad de las personas que ya están en la legislación. 

Para Henderson, es clave poder enfocar el informe policial y la solicitud de intervención que hagan las autoridades para que se otorguen los permisos respectivos para las acciones que ayuden a esclarecer los hechos.

Actualmente, el Código Penal incorpora categorías delictivas como la privación de libertad sin ánimo de lucro, el de secuestro extorsivo o el rapto; estas categorías, según el exfiscal, las mismas podrían utilizarse para fundamentar la solicitud de las herramientas de investigación que la ley otorgue. 

Según las estadísticas del Organismo de Investigación Judicial, de las 3745 denuncias por desaparición que recibió la entidad en el año 2023, seis quedan aún por esclarecer, es decir, el 99,9% de los casos fueron resueltos. 

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