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Las estafas menores a los ₡231.100 dejarían de castigarse con cárcel y en su lugar se impondrían penas de días multa.

Así lo propone el expediente 24.236, presentado recientemente por el diputado Gilberto Campos (PLP).

El proyecto busca reformar el artículo 216 del Código Penal, que precisamente establece penas de prisión de entre dos meses y 10 años para los delitos de estafa.

Puntualmente, el texto establece que la prisión sería exclusiva para delitos con montos superiores al medio salario base (₡231.100) y que el castigo iría desde los seis meses hasta los 10 años.

Sin embargo, cuando ese monto sea menor, la sanción ya no se tramitaría por la vía penal, sino que se convertiría en una contravención con castigos de 50 a 200 días multa.

“De esta manera, pretendemos motivar que el Derecho Penal deje de verse como la única herramienta de control social, cuando, de acuerdo con el principio de ultima ratio, debe ser la excepción.

“No hay que perder de vista que estamos hablando de delitos patrimoniales y que su naturaleza los hace cuantificables; por lo tanto, un hecho de perjuicio menor podría ser igualmente atendido, pero como falta contra el patrimonio dentro de las contravenciones. Igual criterio podría aplicar para delitos como el hurto, robos y daños”, precisó Campos en la exposición de motivos.

El legislador utilizó como ejemplos las normativas vigentes en España y Chile, que también se han decantado por variar su legislación en ese sentido.

Además, según Campos, el cambio aliviaría la sobrecarga de trabajo que hoy tienen el OIJ y los juzgados penales.

“Hoy en día al Organismo de Investigación Judicial ingresa una amplia cantidad de denuncias por delitos como hurto, timos, daños y estafas, cuyo factor común es la afectación patrimonial de montos pequeños.

“Esas denuncias representan un volumen significativamente mayor si se comparan con otros hechos más gravosos (…); sin embargo, la labor de los investigadores evidentemente se ha dificultado en un contexto criminal muy difícil para el país”, añadió.

Campos también precisó que el cambio de penas de cárcel por multas económicas no puede verse como una desprotección a un sector de la población.

“Por el contrario, el atender prontamente los delitos más gravosos, con un enfoque integral de crimen organizado, podría contener la expansión de estos otros delitos. Con ello, se procuraría un bien para la generalidad de la población, tomando en consideración que los homicidios, no solamente afectan a la víctima”, finalizó.

El proyecto deberá ser asignado a comisión para iniciar con su análisis y eventual dictamen, para luego conocerse en el Plenario.

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