Nacional
Sala IV descarta que ampliación en vida útil de buses afecte a personas con discapacidad
La reforma opera de forma neutral para las personas con discapacidad", determinaron los magistrados.
Luis Jiménez 23/11/2023 08:38
La Sala IV rechazó una consulta de la Defensoría de los Habitantes, la cual pretendía traerse abajo la votación de una ley que pretende extender la vida útil de los autobuses.
Fue el lunes 23 de octubre cuando la Defensoría presentó una consulta de constitucionalidad sobre el proyecto de ley que permitiría ampliar la vida útil de buses por un “total irrespeto a los derechos de la población con discapacidad”.
El proyecto de ley 23.782, el cual ya fue votado en primer debate en la Asamblea Legislativa, admitiría que las unidades de transporte público modelo 2007 y 2008 puedan circular un año más a partir de la aprobación de la legislación.
“En la resolución N° 2023-030483, la Sala Constitucional, por mayoría, determinó que el expediente legislativo 23.782 no contraviene el derecho a la consulta que tienen las personas con discapacidad, no incide en forma diferenciada y específica sobre sus derechos porque: ‘la reforma opera de forma neutral para las personas con discapacidad…, la afectación que se podría dar es la misma para otros usuarios del transporte público remunerado de personas en autobuses”, indicó la Sala IV.
La Defensoría había indicado en su momento en que estas unidades no solo entrarían en operación por encima de su vida útil, sino además incumpliendo los acuerdos y la normativa expresa en la Ley 7.600, que exige que los autobuses cuenten con los dispositivos necesarios para transportes a personas con alguna discapacidad.
Sin embargo, los magistrados consideraron que el Transitorio XXV no pretende disminuir los estándares establecidos en la Ley N° 7600, dictada al amparo de la Convención sobre los Derechos de las personas con discapacidad.
“La ampliación de la vida útil de los autobuses no implica una afectación grave e injustificada a la Ley N° 7600, y a la Convención sobre los Derechos de las personas con discapacidad, ya que se impone un plazo fijo e inmodificable, dado al amparo de una obligación internacional. Por ello, por la forma, la iniciativa no contraviene el derecho a la consulta de las personas con discapacidad”, agregó la Sala IV.
Esta resolución de la Sala IV da paso para que los diputados puedan aprobar en segundo debate la ley y con ello darse su aprobación.
Desde la Cámara Nacional de Transportes (Canatrans), mediante un comunicado, la presidencia expresó su “satisfacción ante el fallo emitido por la Sala Constitucional por la consulta realizada por la Defensoría de los Habitantes”.
“Queda en evidencia, como lo hemos venido manifestando, que esta es una medida de carácter transitorio y que lo que busca es garantizar la continuidad del servicio público y no tiene ninguna afectación para las personas con discapacidad. Por el contrario, el proyecto mantiene como garantía que todas estas unidades deben de cumplir con todos los requerimientos establecidos en la Ley 7.600”, señaló Silvia Bolaños, presidenta de Canatrans.