Política
Mario Redondo investigado por supuesto nombramiento de pariente como inspector municipal
El despacho del alcalde cartaginés fue allanado, la mañana de este martes, por la Fiscalía Anticorrupción. El gobernante local asegura que los hechos denunciados "no tienen mayor fundamento".
Paulo Villalobos 21/1/2025 10:57
La Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA) investiga al alcalde Mario Redondo por presunto incumplimiento de deberes en dos nombramientos hechos en la Municipalidad de Cartago
Dicha pesquisa motivó un allanamiento en el despacho del gobernante local, la mañana de este martes, confirmó el Ministerio Público en un comunicado.
Otra diligencia se mantiene en desarrollo en el Departamento de Recursos Humanos del ayuntamiento.
Redondo se dijo respetuoso de las diligencias y aseguró que colabora con el órgano acusador y el Organismo de Investigación Judicial (OIJ).
"Estoy absolutamente tranquilo porque los hechos denunciados no tienen mayor fundamento, estamos seguros de que una vez que se recabe toda la información se demostrará que la denuncia es improcedente y que no responde más que a persecución de otros agentes políticos", indicó el alcalde.
El propósito del operativo es recabar prueba documental y digital de relevancia, para incluir al expediente 24-000006-1878-PE, precisó el órgano acusador del Estado.
La sumaria en cuestión se relaciona con dos eventos ocurridos el 25 de mayo de 2021 y el 22 de agosto de 2022.
En la primera fecha, se cree que un hombre de apellido Fonseca fue nombrado como inspector. Este, en apariencia, tiene un parentesco de tercer grado de afinidad con Redondo.
La otra fecha se relaciona con la designación interina de una mujer, apellidada Cerdas, como encargada de la Unidad de Gestión Humana. Esta, supuestamente, es familiar de primer grado de una persona, quien, en 2020, fue electo como síndico de la localidad de Quebradilla de Cartago.
Se presume que estos hechos van en contra de lo establecido en el artículo 136 del Código Municipal, el cual señala que no existe la posibilidad de que cónyuges o parientes de hasta tercer grado del alcalde, ediles auditores, directores o jefes de personal, entre cualquier funcionario que tenga relación con la escogencia de personas para puestos municipales, pueda ocupar un puesto en la misma institución.